FUNDACION “ECO-TONA”
“SIN MIEDO A ROMPER FRONTERAS”
Cuerpo Estatutario
CAPITULO PRIMERO
Articulo Primero: La Fundacin00200026#8220;Eco-Tona”,, es un organismo de carc0074er asociativo sin n0069mo de lucro, con fines de inters0020social, con nm00650072006f de asociados y patrimonio variable e ilimitado, integrada por personas que, mediante las condiciones que se establecen, se someten a las Leyes Colombianas y al Reglamento Interno de la entidad. Parg0072afo: La Fundacin00200045co-Tona, para todos los efectos legales utilizara el acrn0069006do: “FUNETONA” en forma independiente de su razn00200073ocial completa, como equivalente de FUNDACION “ECO-TONA”.
Articulo Segundo: La Fundacin00200026#8220;Eco -Tona” estar 0063onformada por personas naturales mayores de catorce (14) ao0073002e
Articulo Tercero: El domicilio de la FUNDACION “Eco-Tona”, ser 0065l municipio de Tona, Departamento de Santander, Repb006c00690063a de Colombia.
Articulo Cuarto: la duracin00200020de la Fundacin00200026#8220;Eco-Tona”, ser 0069ndefinida, sin embargo podr 0064isolverse y liquidarse en los casos previstos en la ley y los presentes estatutos.
Articulo Quinto: Operara en concordancia con la sociedad posmoderna, esto es, en un mundo globalizado.
CAPITULO SEGUNDO
Articulo Sexto: La Fundacin00200026#8220;Eco-Tona”, tendr 0063omo objetivo propender por el desarrollo integral de las mujeres del municipio de Tona y en general de sus asociados permitiendo elevar su participacin00200065n la comunidad, en busca del desarrollo sostenible en el marco de un manejo adecuado de los recursos naturales, a travs0020de la industria del eco-turismo y otros servicios especiales. Adelantara alianzas o convenios para el desarrollo de diversos programas que efecte006e0020006ftras organizaciones del m0062ito mundial, tanto de carc0074er privado, as,0020como pb006c00690063o y las dems0020requeridas para el adecuado desempeo00200079 en contribucin00200061 la consolidacin00200064e su objeto social. Parg0072afo: Para cumplir sus objetivos y adelantar las diversas actividades, la Fundacin00200070odr 0020organizar las dependencias administrativas y todos los establecimientos que sean necesarios, realizar toda clase de contratos, operaciones y dems0020negocios jurd0069cos lc0069tos que se relaciones con el desarrollo de sus actividades y en cumplimiento de sus objetivos.
CAPITULO TERCERO
Asociados-Afiliacin000a000a
Articulo sp0074imo: Tienen carc0074er de asociados de la Fundacin00200026#8220;Eco-Tona” las personas naturales que han sido legalmente admitidas y que aparecen inscritas como tales en el libro de registro. Tambin0020 podrn0020asociarse quienes estando dentro de las condiciones que exige la Fundacin00200061cepten estos estatutos, presenten solicitud de ingreso y sean aceptados por la Junta Directiva.
Parg0072afo: Para ser asociados se requiere:
1. Ser mayores de catorce ao00730020y no tener incapacidad legal
2. Quienes ajustn0064ose a lo estipulado por la ley paguen como cuota de admisin0020006eo reembolsable el equivalente al 0.5% de un salario mn0069mo mensual legal vigente pagadero en forma anual, cuota que ser 0072egulada por la Junta Directiva cada vez que considere pertinente.
3. Previamente debe ser aceptado como asociado de acuerdo a resolucin00200065xpedida por la Junta Directiva. Parg0072afo: La Junta Directiva tendr 0075n plazo mx0069mo de un mes para resolver las solicitudes de admisin002c0020termino dentro del cual publicara mediante escrito que exhibir 0065n cartelera destinada para informar las decisiones tomadas por la Fundacin002e000a
CAPITULO CUARTO
Causales y Procedimientos para perdida de la calidad de asociado, retiro voluntario, retiro forzoso y fallecimiento.
Artc0075lo octavo: La calidad de asociado de la Fundacin00200073e pierde por:
• Retiro voluntario
• Retiro Forzoso
•Exclusin000a0026#8226;
Fallecimiento
•Liquidacin00200079/o disolucin00200064e la Fundacin002e000a
Parg0072afo: La calificacin00200020de la causal y procedimiento para la perdida de la calidad de asociado estarn0020contenidas en el reglamento interno de la Fundacin002e0020
CAPITULO QUINTO
Patrimonio
Articulo noveno: El patrimonio de la Fundacin00200065star 0063onstituido por los aportes sociales individuales y los amortizados, los fondos y reservas de carc0074er permanente y las donaciones o auxilios que se reciban con destino al incremento patrimonial.
Articulo dc0069mo: Sel0065se en cien mil pesos ($100.000.oo) el valor del patrimonio inicial de la Fundacin002e0020
CAPITULO SEXTO
Administracin000a000a
Articulo decimoprimero: La administracin002c0020 de la Fundacin00200026#8220;Eco-Tona”, estar 0061 cargo de:
a. La Asamblea General
b. La Junta Directiva
c. El Gerente
Parg0072afo: La Fundacin00200063ontara con un Revisor Fiscal. DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Artc0075lo dc0069mo segundo: La Asamblea General ser 006ca suprema autoridad de la Fundacin002c0020sus acuerdos sern0020obligatorios para la totalidad de los asociados de la misma, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, reglamentarias o estatutarias. Estar 0063onstituida por la reunin00200064e los asociados hb0069les.
Articulo dc0069mo tercero: Las reuniones de la Asamblea sern0020ordinarias y extraordinarias; las primeras se efectuaran perid00690063amente una vez al ao002c0020dentro de los tres primeros meses del ao00200063alendario y las segundas, cuando a juicio de la Junta Directiva, el Revisor Fiscal o de un 15% por lo menos de asociados hb0069les, consideren indispensable o conveniente.
Articulo dc0069mo cuarto: la convocatoria a Asamblea ordinaria y/o extraordinaria la har 0020el President@ de la Junta Directiva o por delegacin00200064e la misma el 006c0061 Gerente, en su defecto el 006c0061 revisora fiscal 0070006fr decisin00200064el 15% de los asociados hb0069les con una anticipacin0020006eo menor de diez (10) da0073 hb0069les para la fecha, hora, lugar y objetos determinados, para tal efecto se elaborara una lista de todos los asociados hb0069les e inhb0069les y la relacin00200064e estos l00740069006dos ser 0063omunicada a los afectados. Corresponde al revisor Fiscal verificar tales listados.
Parg0072afo: La convocatoria se har 0063onocer a los asociados mediante fijacin00200064e avisos en lugares visibles de la localidad, o la publicacin00200072espectiva en una radioemisora o perid00690063o local de amplia circulacin002e000a
Normas para la Asamblea
• Las reuniones se llevaran a cabo en lugar, da0020y hora que determine la convocatoria y sern0020presididas por una mesa directiva integrada por un presidente, y un secretario nombrados por la asamblea.
• La asistencia de la mitad de los asociados hb0069les constituir 0071ur0075006d para deliberar y adoptar decisiones validas.
• Si dentro de la hora siguiente a la convocatoria no se hubiere integrado este qur0075006d, la asamblea podr 0064eliberar y adoptar decisiones validas con un numero de asociados no inferior al diez (10%) por ciento del total de los asociados hb0069les que no puede ser inferior al cinco (5%) por ciento.
• Una ves constituido el qur0075006d, este no se entender 0064esintegrado por el retiro de alguno o algunos de los asistentes siempre que se mantenga el qur0075006d mn0069mo a que se refiere el inciso anterior
• En caso de no reunir el qur0075006d, el Presidente de la Junta Directiva o el gerente levantara un acta en que conste esta circunstancia.
• Cada asociado tiene derecho a un voto.
• Las decisiones se adoptaran por mayora0020absoluta
• Las actas contendrn0020como mn0069mo lugar, fecha y hora de la reunin002c0020forma, antelacin00200079 r00670061no que convoco, numero de asociados convocados y presentes, asuntos tratados, decisiones adoptadas con numero de votos a favor, en contra, y en blanco, nombramientos efectuados.
• Se nombrara una comisin00200063onformada por tres asociados para revisar el acta levantada.
• La eleccin00200064e la Junta Directiva se realizara por postulacin00200069ndividual o por el sistema de planchas. Cualquiera que sea la forma elegida para tomar decisiones se realizara votacin00200073ecreta. Una vez terminada la eleccin00200073e realizara el escrutinio para lo cual se nombrara un comit 0065scrutador.
• La eleccin00200064el Revisor Fiscal se realizara en forma separada y por mayora0020absoluta de votos.
• Los miembros de la Junta Directiva, el Revisor Fiscal, el Gerente no votaran cuando se trate de asuntos que afecten su responsabilidad.
Funciones de la Asamblea:
• Establecer la polt0069ca y directrices generales de la Fundacin00200070ara el cumplimiento del objeto social
• Reformar los estatutos o delegar en la junta Directiva esta funcin000a0026#8226; Examinar los informes de los r00670061nos de administracin00200079 vigilancia
• Aprobar o improbar los estados financieros de cada ejercicio
• Fijar cuotas computables como aportes sociales o delegar en la Junta Directiva esta funcin000a0026#8226; Elegir los miembros de la Junta Directiva y el Revisor Fiscal
• Fijar la remuneracin00200061l Revisor Fiscal
• Autorizar inversiones mayores al 50% de del patrimonio
• Autorizar el traspaso de la propiedad de activos
• Decidir sobre la transformacin002c0020fusin002c0020incorporacin0020006f disolucin00200070ara la liquidacin00200064e la Fundacin000a0026#8226; Las dems0020que le sea006c0065n las leyes.
De la Junta Directiva
Artc0075lo dc0069mo quinto: La Junta Directiva, estar 0069ntegrada por asociados hb0069les en nm00650072006f de cuatro (4), principales, as:
0020President@, Vicepresident@, Secretari@, Tesorera@ y cinco (cinco) vocales, pudiendo ser reelegidos o removidos libremente. Su periodo ser 0064e un (1) ao002e000a
Articulo dc0069mo sexto. La Junta Directiva ser 0065l r00670061no de direccin00200079 administracin00200064e la Fundacin002c0020subordinado a las directrices y polt0069cas de la Asamblea General. En su operacin00200073e regenta por su propio reglamento.
Artc0075lo dc0069mo sp0074imo: La junta Directiva empezara a ejercer sus funciones, una vez sea reconocido e inscrito en la Cm0061ra de Comercio y la entidad competente.
Articulo dc0069mo octavo: la Junta Directiva, sesionara por lo menos una vez al mes en forma ordinaria. La convocatoria a sesiones extraordinarias ser 0068echa por el Presidente, el Gerente el Revisor Fiscal o a peticin00200064e los Comits002e
Articulo dc0069mo noveno. La concurrencia de la mayora0020de los miembros de la Junta Directiva, constituir 0071ur0075006d deliberatoria en cuyo caso las dediciones se tomaran por unanimidad.
Artc0075lo veinte: son atribuciones de la Junta Directiva:
• Expedir su propio reglamento.
• Aprobar los presupuestos para su funcionamiento.
• Nombrar al Gerente, Secretario General y Contador.
• Aprobar la estructura administrativa, crear cargos, determinar sus remuneraciones y asignar funciones
• Crear los comits0020que para el eficiente funcionamiento de las diferentes secciones y nombrar sus integrantes
• Autorizar la apertura de cuentas bancarias y el nombre de quienes deben firmar los cheques
• Elaborar su plan de trabajo y reglamentar su funcionamiento
• Nombrar el Comit 0064e Educacin000a0026#8226; Fijar la cuanta0020de las fianzas que deben prestar el Gerente, Tesorero y los dems0020empleados que a su juicio deben garantizar su manejo, todas ellas con aprobacin00200064e la Asamblea
• Examinar los balances, aprobarlos en primera instancia acompaa0064006f del informe explicativo para presentarlo a la Asamblea General para su aprobacin000a0026#8226;
Decidir sobre el ingreso, retiro, suspensin0020006f exclusin00200064e los asociados.
• Convocar directamente a la Asamblea General
• Sancionar a los funcionarios a su cargo y crear el reglamento de sanciones para los asociados
• Autorizar inversiones que no superen el valor del (50%) cincuenta por ciento del valor contable del patrimonio
• Autorizar en cada caso al Gerente para realizar operaciones por cuanta0020superior a dos salarios mn0069mos mensuales legales vigentes
• Rendir informes a las autoridades que la ley consideren pertinente
• Las dems0020que le asigne la Asamblea General
Parg0072afo. La Junta Directiva podr 0064elegar las anterior o parte de las mismas en los comits0020permanentes o en las comisiones transitorias que estime conveniente para hacer parte de la Fundacin002c0020lo cual no exime ala Junta Directiva de su responsabilidad sobre las decisiones que ellos tomen.
CAPITULO SEPTIMO
Del Gerente
Articulo veintiuno: el Gerente ser 0065l representante legal de la Fundacin00200079 el r00670061no de comunicacin00200063on los asociados y con terceros, ejercer 0073us funciones de acuerdo con la ley, los estatutos y los reglamentos bajo la inmediata direccin00200064e la Junta Directiva, responder 0061nte esta y ante la asamblea general de la marcha de la Fundacin002e000aTendr 0062ajo su dependencia los empleados de la Fundacin002c0020vigilara el cumplimiento de las disposiciones emanadas del la normatividad vigente, la Junta Directiva y el Revisor Fiscal. El Gerente ser 0065legido por periodos de un ao002c0020y podr 0073er reelegido o removido del cargo, libremente por la Junta Directiva. Parg0072afo. En tanto que la Junta Directiva decida el nombramiento del Gerente, las funciones a su cargo estarn0020en cabeza del o de la Presidenta del la Junta Directiva.
Artc0075lo veintids003a0020Para entrar a ejercer el cargo de Gerente se requiere: a. Nombramiento hecho por la Junta Directiva, atendiendo criterios de idoneidad, honestidad, experiencia y espr0069tu de servicio b. Reconocimiento a inscripcin00200070or parte de la Cm0061ra de Comercio.
Articulo veintitrs002e El Gerente deber 0072endir informes y cuentas comprobadas de su gestin00200020a la Junta Directiva, Asamblea General y Revisor Fiscal.
Articulo veinticuatro: son funciones del Gerente
1. Organizar y dirigir conforme a los reglamentos del La Junta Directiva la prestacin00200064e los servicios de la Fundacin000a003
2. Proyectar para la aprobacin00200064e la Junta Directiva, los contratos y las operaciones en que tenga inters0020la Fundacin000a003
3. Ordenar el pago de los gastos ordinarios de la sociedad y firmar los cheques en asocio del Tesorero
4. Celebrar contratos y operaciones cuyo valor no exceda de dos salarios mn0069mos legales vigentes
5. Supervisar diariamente el estado de caja y cuidar que se mantenga en seguridad los bienes y valores de la Fundacin002e000a
6. Celebrar las operaciones, contratos y convenios que tengan que ver con el giro ordinario de la actividad de la Fundacin00200079 las que autorice la Junta Directiva
7. Presentar a la Junta Directiva el proyecto del presupuesto anual de rentas y gastos
8. Convocar a reunin00200065xtraordinaria a la Junta Directiva cuando a su juicio sea conveniente.
CAPITULO OCTAVO
Del Secretario(a) y del Tesorero(a)
Articulo veinticinco: la Fundacin00200074endr 0075n secretario o secretaria general nombrado por la Asamblea General. Sus funciones, sern0020asignadas por la Junta Directiva.
Artc0075lo veintisi0073: la Fundacin00200020tendr 0075n o una tesorera, nombrada par la Asamblea General quien deber 0070restar fianza de manejo en cuanta0020que le sea fijada por la Junta Directiva de la Fundacin0020006f por la entidad competente. Parg0072afo: las funciones de la Secretaria General y Tesorero o Tesorera sern0020asignadas por la Junta Directiva y se suscribirn0020en el reglamento interno de la Fundacin002e000a
CAPITULO NOVENO
Del Revisor Fiscal
Articulo veintisiete: el control y vigilancia interna de la Fundacin00200026#8220;Eco-Tona” estar 0061 cargo del la Revisora0020Fiscal.
Artc0075lo veintiocho: Son funciones de la Revisora0020Fiscal:
• Darse su propio reglamento
• Velar por que los actos de los r00670061nos de administracin00200073e ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias y en especial a los principios y objetivos de la Fundacin002e000a
• Informar a los r00670061nos de administracin002c0020y la entidad competente sobre las irregularidades que existan en el funcionamiento de la Fundacin00200079 presentar recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deben adoptarse.
• Conocer los reclamos que presenten los asociados en relacin00200063on la prestacin00200064e los servicios, transmitirlos y solicitar los correctivos por el conducto regular y con la debida oportunidad.
• Hacer llamadas de atencin00200061 los asociados cuando incumplan los deberes consagrados en la ley, los estatutos y reglamentos.
• Solicitar la aplicacin00200020de sanciones a los asociados cuando haya lugar a ello y velar por que el r00670061no competente se ajuste al procedimiento establecido para tal efecto.
• Verificar la lista de asociados hb0069les para poder participar en las Asambleas
• Rendir informes sobre sus actividades a la asamblea general ordinaria.
• Las dems0020que le asigne la ley y estos estatutos, siempre y cuando se refieran al control social y no correspondan a otros funcionarios.
• Convocar a reunin00200065xtraordinaria la asamblea general cuando a su juicio sea necesario.
• Supervisar el correcto funcionamiento de la contabilidad.
CAPITULO DECIMO
De la Duracin000a000a
Articulo veintinueve: Su duracin00200073er 0069ndefinida.
CAPITULO DECIMO PRIMERO
De la fusin00200020y de la Incorporacin000a000a
Artc0075lo treinta: La fundacin00200070odr 0069ncorporarse a otro u otras organizaciones sociales con similar objetivo, adoptando la denominacin00200064e una de ellas y acogin0064ose a sus estatutos y amparn0064ose en su personera0020jurd0069ca. Tambin0020podr 0066usionarse con otra organizacin00200073ocial, constituyn0064ose una nueva entidad regida por nuevos estatutos. La fusin00200079 la incorporacin002c0020estarn0020sujetas a lo dispuesto en la ley.
Articulo treinta y uno: si la Fundacin00200065s incorporante, corresponde a la Asamblea General decidir si acepta o no la incorporacin00200064e otra u otras organizaciones sociales, previo concepto sustentado del la Junta Directiva.
CAPITULO DECIMO SEGUNDO
De la disolucin00200079 liquidacin000a000a
Articulo treinta y dos: la Fundacin00200073e disolver 0079 deber 0073er liquidada en los siguientes casos:
• Por acuerdo voluntario de los asociados
• Por reduccin00200064e un (50%) cincuenta por ciento de los asociados, siempre que esta situacin00200073e prolongue por ms0020de un ao002e000a
• Por incapacidad o imposibilidad de cumplir el objeto social para el cual fue creada
• Por fusin0020006f incorporacin00200061 otra organizacin00200073ocial
• Por haberse iniciado contra ella concurso de acreedores, y
• Por que los medios que emplean para el cumplimiento de sus fines o porque las actividades que desarrolle sean contara0073 a la ley, a las buenas costumbres o al espr0069tu para la cual fue creada.
Artc0075lo treinta y tres: Cuando la Asamblea General, o la entidad competente, decreten la disolucin00200064e la Fundacin002c0020designara uno o varios liquidadores con sus respectivos suplentes, sin exceder de tres. Si la Asamblea no lo hiciere en el acto que se decreta la disolucin0020006f dentro de los treinta (30) da0073 siguiente lo har 006ca entidad competente. En el acto de la designacin002c0020se sea006c0061r 0061l liquidador o liquidadores, el plazo para cumplir su mandato. La aceptacin00200064el cargo, la representacin00200064e la fianza que fuere sea006c0061da y la posesin00200064eber 0072ealizarse dentro de los treinta (30) da0073 siguientes a la comunicacin00200064el nombramiento.
Articulo treinta y cuatro: La resolucin00200064e disolucin00200064eber 0073er comunicada a la entidad competente dentro de los quince (15) da0073 hb0069les siguientes a la realizacin00200064e la Asamblea, para los fines legales pertinentes.
Articulo treinta y cinco: Mientras dure la liquidacin002c0020se reunir 0063ada vez que sea necesario, la Junta Directiva, para conocer el estado de la misma o para proveer las medidas mas convenientes al buen resultado de la gestin002e000a
Articulo treinta y seis: La disolucin00200064e la Fundacin002c0020cualquiera que sea el origen de la decisin002c0020ser 0072egistrada por la entidad competente. Igualmente deber 0073er puesta en conocimiento pb006c00690063o por la Fundacin0020006dediante aviso en un periodico de circulacin00200072egular en el domicilio principal de la entidad que se disuelve.
Articulo treinta siete: Disuelta la Fundacin002c0020se proceder 0061 su liquidacin002e0020 En consecuencia no podr 0069niciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto social y conservara su capacidad jurd0069ca n006900630061mente para los actos necesarios a la inmediata liquidacin002e0020 En tal caso deber 0061dicionar su razn00200073ocial con la expresin00200026#8220;en liquidacin002600238221;.
Articulo treinta y ocho: La aceptacin00200064el cargo de liquidador o liquidadores, la posesin00200079 la prestacin00200064e la fianza, se harn0020ante la entidad competente, o a falta de este, ante la primera autoridad administrativa del domicilio de la Fundacin002c0020dentro de los quince da0073 hb0069les siguientes a la comunicacin00200064e su nombramiento.
Articulo treinta y nueve: a partir del momento en que se ordene la liquidacin002c0020las obligaciones a tr006dino a cargo de la Fundacin002c0020se hacen exigible, pero sus bienes no podrn0020ser embargados.
Articulo cuarenta: en la liquidacin00200064e la Fundacin00200064ebe procederse al pago de acuerdo con el siguiente orden de prioridades:
1. Gastos de liquidacin000a003
2. Salarios y prestaciones sociales ciertos y ya causados al momento de la disolucin000a003
3. Obligaciones fiscales
4. Crd0069tos hipotecarios y prendarios
5. Obligaciones con terceros.
Articulo cuarenta y uno: los remanentes de la liquidacin00200073ern0020transferidos a otra Fundacin00200064e objeto social similar que funciones en el Departamento o en el pas002e
CAPITULO DECIMOTERCERO
De la Reforma de Estatutos
Articulo cuarenta y dos: la reforma de los estatutos, solo podr 0068acerse en Asamblea General, mediante el voto favorable de por lo menos dos terceras partes (2/3) de los asociados asistentes, ser 0061probada por la Cm0061rade Comercio y la autoridad competente.
Articulo cuarenta y tres: Los casos no previstos en estos estatutos o en sus reglamentos se resolvern0020primeramente conforme a la doctrina y a los principios sobre asociaciones, fundaciones y sociedades que por su naturaleza sean aplicables a la FUNDACION “Eco-Tona”. Se deja constancia que los estatutos de la Fundacin00200026#8220;Eco-Tona”, fueron aprobados por la Junta Directiva de la misma, por delegacin00200071ue realizo la Asamblea General, segn00200063006fnsta en acta No 001 del da0020 24 de junio de 2008. De otra parte se resalta la presencia de la doctora Flor Smith Gonzl0065s Franco a esta reunin002c0020quien en su condicin00200064e Secretaria de Gobierno del municipio de Tona, reitero que la administracin00200020local respaldara la marcha de la “Fundacin00200045co-Tona”, considerando que esta organizacin00200073ocial, es correspondiente con los lineamientos trazados en el Plan de Desarrollo “Social Integral-Todos Unidos por Tona”, vigencia 2008-2011.
Igualmente se deja constancia de la aceptacin00200020por parte de las personas elegid@s como miembros de la Junta Directiva:
GLADYS VICTORIA LANDAZABAL R.
IRMA ANTOLINEZ BENAVIDES Presidenta Vicepresidenta C.C. C.C.
SONIA ROJAS ROBAYO AZUCENA CUADROS HERRERA Secretaria Tesorera C.C. C.C.
LISMAN ALFREDO LANDAZABAL LANDAZABAL Revisor Fiscal T.P No 56815-T C.C.
VOCALES LENY LUNA LUNA LEONOR LANDAZABAL ROSAS C.C. C.C.
HOMER MARIA CELIS D. GLADYS FIGUEROA C. C.C. CI. YAQUELINE PORTILLA PORTILLA MILENA RAMIREZ C.C. C.C. Siendo las 10:00 p.m. se procede a dar lectura a la presente acta, se somete a votacin002c0020siendo aprobada pro unanimidad y la seo00720061 Presidenta da por terminada la presente diligencia. En constancia de lo expuesto firman: GLADYS LANDAZABL ROSAS SONIA ROJAS ROBAYO. C.C. C.C. Presidenta Asamblea General Secretaria Asamblea Gral.